Inexistencia de responsabilidad de correduría de seguros ante importante gremio colaborador
La sentencia núm. 58/2019 de 4 de marzo de 2019, del juzgado de primera instancia 32 de Barcelona, obtenida en procedimiento dirigido por este despacho, tiene destacado interés porque muestra el modo de demostrar la inexistencia de deuda e incumplimiento de una correduría de seguros ante la demanda y las recriminaciones de un importante gremio colaborador suyo.
El citado gremio acusaba a la correduría de haber vulnerado un supuesto acuerdo de producción en exclusiva para los integrantes del gremio, de haber desviado producción a otras aseguradoras, y por último, de mantener una importante y oculta deuda en comisiones pendiente de liquidar.
Uno por uno estos incumplimientos fueron rebatidos en la contestación a la demanda y en la prueba pericial practicada, en la que pudo demostrarse que no existía tal exclusiva, no se había desviado producción y el pendiente de comisiones era insignificante,como reconoció la sentencia, que no fue apelada y resultó firme.