Incidencia en el pago de prima e indemnización de siniestro de autos
La sentencia del juzgado de primera instancia 4 de Barcelona, de 29 de octubre de 2013, resolvió de modo favorable al asegurado un caso en el que la aseguradora, sin previo aviso, no domicilió el recibo de prima de renovación de un seguro de autos en la cuenta bancaria del asegurado. Se dio la circunstancia de que éste utilizaba muy poco el vehículo, no cayó en la cuenta de la situación de impago y tuvo un siniestro cuatro meses después.
El tribunal acogió el argumento que estructuramos en este caso y entendió que la situación de impago no era culpa del asegurado, lo que impedía la aplicación de las consecuencias previstas en el art. 15 de la Ley de Contrato de Seguro. Condenó a la aseguradora al importe del siniestro, y también al de la grúa y la multa que tuvo que afrontar el conductor, además de las costas. La compañía no recurrió la sentencia y quedó firme.