Cobertura de accidente e inaplicación de cláusula limitativa
El juzgado de primera instancia 48 de Barcelona, en su sentencia núm. 206/2016 de 18 de octubre de 2016, en procedimiento dirigido por este despacho, reconoció el derecho de cobertura en sendas pólizas con una misma aseguradora derivado de accidente durante una carrera de motociclismo para aficionados.
La aseguradora había denegado la cobertura por existir en ambas pólizas una cláusula en el condicionado general que excluía de cobertura los accidentes producidos durante la práctica de motociclismo. El tribunal aceptó la naturaleza limitativa de dicha cláusula y no estimó acreditado que hubiera sido aceptada específicamente por el asegurado, dado que en ambos casos la mención del condicionado particular que declaraba aceptadas las condiciones generales no incluía aceptación de las cláusulas limitativas, y además, en uno de los casos, no aparecía firmado. Tampoco admitió el tribunal el argumento de la aseguradora de que en una de las pólizas la cláusula limitativa se hubiera incluido como parte de un extracto de condiciones junto a la solicitud del seguro, firmado por el asegurado, dado que no constaba que se hubieran aceptado además con la póliza o con la proposición, que es lo que exige el art. 3 de la Ley de Contrato de Seguro, todo ello acogiendo los argumentos de la demanda e imponiendo intereses y costas a la aseguradora.