Inexistencia de apropiación indebida de agentes de seguros
En procedimiento dirigido por este despacho, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, secc. 6 de 28 de septiembre de 2001, absolvió de un delito de apropiación indebida a sendos agentes de seguros que, en vista de que la aseguradora no acceptaba el pago fraccionado de la prima de los clientes, incurrieron en la temeridad de provocar una devolución de los recibos bancarios girados por la aseguradora, proporcionando para ello una cuenta corriente sin fondos. Una vez con los recibos devueltos para su gestión de cobro, aplicaron de hecho el fraccionamiento entregando el recibo a cambio sólo de una fracción de la prima.
Ello provocó un enorme desbarajuste contable y una situación de riesgo, pues la mayor parte de los clientes, una vez con el recibo, no abonaron el resto de trimestres apalabrados con los agentes, y se trataba en gran parte de seguros de circulación para transportistas.
Pese a la firma de un reconocimiento de deuda, fueron absueltos de un delito de apropiación indebida pues consiguió establecerse la fundada duda acerca del ánimo delictivo o apropiatorio de los agentes con su imprudente e incorrecta actuación, comenzando por el hecho fundamental de que no percibieron la totalidad de la prima, y el trasfondo de la controversia comercial existente.